Noticias del Palacio Federal
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Quienes viven y trabajan fuera de la Unión Europea y de la AELC y desean seguir cotizando al SVS, pueden afiliarse al SVS/SI facultativo bajo ciertas condiciones. Esto evitará que se reduzca el monto de su pensión.
Las cosas quedarán más claras a través de algunos ejemplos. Veamos primero el caso del Sr. A: su empresa, con sede en Rapperswil, lo envía a una filial en China durante tres años. Según el acuerdo bilateral entre Suiza y China en materia de seguridad social, su empleador debe continuar pagando las cuotas de seguridad social. Esto significa que el Sr. A continúa asegurado en el fondo de salud suizo y sujeto al plan legal de previsión profesional (segundo pilar); el Sr. A continuaría recibiendo también las prestaciones familiares de Suiza. En China, el Sr. A debe presentar el certificado de traslado profesional establecido por su caja de compensación del SVS, para comprobar que no está obligado a asegurarse en ese país.
¿Y qué ocurre con la Sra. B, esposa del Sr. A? Ella se ocupa, durante su estancia en China, de sus dos hijos que cursan la escuela primaria. Ella también puede seguir cotizando al SVS/SI/APG (Seguro de Vejez y Supervivencia/Seguro de Invalidez/Prestación por Pérdida de Rentas). Para ello, debe presentar una solicitud de afiliación a la caja de compensación del SVS de su esposo, dentro de un plazo de seis meses después de su traslado al extranjero.
Sin embargo, la Sra. B no podrá conservar su seguro obligatorio si durante su estancia en China trabaja para un empleador con sede legal en China. En ese caso rige para ella lo mismo que para todas las personas en activo que, a diferencia del Sr. A, no han sido enviadas desde Suiza: puede afiliarse voluntariamente al SVS/SI. Si lo hace, recibirá en Suiza, tras su jubilación, una pensión como cualquier persona asegurada allí. Es decir, que gracias a sus cotizaciones al SVS/SI facultativo, la Sra. B (que mientras tanto trabaja) puede ponerse al día en el pago de sus cotizaciones y evitar recortes significativos de su pensión del SVS. En este caso también existen plazos: la Sra. B debe presentar su solicitud de afiliación en el plazo de un año tras su desafiliación del SVS/SI/APG obligatorio.
La cotización al SVS/SI facultativo se calcula con base en el sueldo anual y/o los ingresos anuales del trabajo autónomo. Desde el 1.o de enero de 2020, la contribución al seguro facultativo es del 10,1 % de los ingresos anuales. Para quienes no ejercen una actividad remunerada, el importe depende del patrimonio y de eventuales ingresos provenientes de rentas. La cotización anual mínima es de 950 francos.
La Caja Suiza de Compensación (CSC), que paga las pensiones del SVS a los asegurados en el extranjero, es responsable también de la aplicación del SVS facultativo. Encontrará más información sobre el SVS/SI facultativo y las condiciones de afiliación en www.zas.admin.ch (véase “SVS/SI facultativo”).
Para mayor información, favor de dirigirse a sedmaster@zas.admin.ch o de llamar al +41 58 461 91 11.
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Vielen Dank für Ihre Rückmeldungen. Unser Artikel beleuchtet die Frage der AHV im Ausland an Hand eines spezifischen Fallbeispiels, bei dem die Bedingungen für den Beitritt zur freiwilligen AHV/IV erfüllt sind. Dieses wurde aus einer Fülle von individuellen Situationen ausgewählt und beschrieben. In Ländern, mit denen die Schweiz ein Sozialversicherungsabkommen hat (darunter alle EU-/EFTA-Staaten) gelten besondere Bedingungen. Wir bedauern, dass der Artikel diesbezüglich nicht vollständig schien. Weitere Informationen finden Sie unter https://www.zas.admin.ch/zas/de/home/particuliers/cotiser-a-l-avs-ai-facultative.html
Also nicht jeder der im Ausland wohnt und arbeitet, kann der freiwilligen AHV beitreten.