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He oído de diferentes fuentes que las pensiones del segundo pilar y del seguro de vejez y supervivencia están sujetas a imposición. ¿Debo declararlas en mi país de residencia o en Suiza? ¿Y cómo debo proceder?
Las pensiones del seguro de vejez y supervivencia no están sujetas a imposición en Suiza, cuando sus beneficiarios viven en el extranjero, y tampoco se les aplica la retención en origen. No obstante, deben declararse en el país de residencia donde eventualmente pueden estar sujetas a imposición. En caso de duda le recomendamos que se ponga en contacto con la autoridad fiscal de su país de residencia. En lo concerniente a las pensiones del segundo pilar, la respuesta a su pregunta depende de si percibe una pensión derivada de una relación laboral con un empleador público (Estado, cantón, municipio) o no.
Por lo general, las pensiones derivadas de una relación laboral con un empleador público están sujetas, en Suiza, a la retención en origen. Por lo tanto, no suelen estar sujetas a imposición en el país de residencia o, en dado caso, ésta deberá tomar en cuenta los impuestos pagados en Suiza. En función de los convenios aplicables para evitar la doble imposición y, sobre todo, de la nacionalidad del perceptor (personas con doble nacionalidad que son ciudadanos del país de residencia), puede haber excepciones. Además, en los países con los que Suiza no ha firmado un convenio para evitar la doble imposición, ésta puede aplicarse si el país de residencia percibe también un impuesto sobre estas pensiones.
Las pensiones derivadas de relaciones laborales de derecho privado están sujetas, en Suiza, a la retención en origen, siempre que Suiza no haya firmado un convenio para evitar la doble imposición con el país de residencia o cuando esto está previsto en un eventual convenio destinado a evitar la doble imposición. Por tanto, se puede producir una doble imposición, cuando el país de residencia aplica también un impuesto sobre estas pensiones y no existe ningún convenio para evitar la doble imposición que lo impida.
En cuanto a la imposición sobre el capital del segundo pilar, rige lo siguiente: estos pagos de capital están sujetos, en Suiza, a la retención en origen. No obstante, varios convenios para evitar la doble imposición prevén la posibilidad de solicitar un reembolso de dicho impuesto. En los países con los que Suiza no haya firmado un convenio para evitar la doble imposición, esta posibilidad de reembolso no existe. Por tanto, se puede producir una doble imposición, cuando el país de residencia aplica también un impuesto sobre dichos pagos de capital, y el convenio aplicable para evitar la doble imposición no lo impide.
Para mayor información diríjase al departamento de convenios para evitar la doble imposición (Doppelbesteuerungsabkommen) de la Secretaría de Estado para Asuntos Financieros Internacionales (SIF):
Secretaría de Estado para Asuntos Financieros Internacionales, Departamento de Convenios para evitar la doble imposición
Bundesgasse 3, 3003 Berna, Tel.: +41 58 462 71 29, Correo electrónico: dba@sif.admin.ch, www.sif.admin.ch
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