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“Estos últimos años estuve viviendo en Japón y no pagué contribuciones al SVS (Seguro de Vejez y Supervivencia). Cuando vuelva a Suiza, ¿podré pagar de manera retroactiva las contribuciones por los años en los que no coticé?”
Respuesta: No, cuando uno regresa del extranjero, ya no le es posible pagar de manera retroactiva las contribuciones por los años en los que no cotizó. En principio, existe la posibilidad de realizar pagos retroactivos hasta por un periodo de cinco años. Sin embargo, esto sólo se aplica a aquellas personas que tenían la obligación de pagar las contribuciones al SVS durante este lapso de tiempo, es decir, esencialmente a las personas domiciliadas en Suiza.
Con pocas excepciones, las personas residentes en el extranjero no están obligadas a cotizar al SVS. Por eso, estas personas no pueden pagar en forma retroactiva las contribuciones correspondientes a los años en los que no cotizaron. Por lo tanto, conviene informarse cuidadosamente sobre este tema en la Caja Cantonal de Compensación antes de salir de Suiza. También se recomienda constituir un fondo de previsión, ya sea suscribiendo un seguro voluntario de SVS en la Caja de Compensación Suiza en Ginebra (véase www.zas.admin.ch > Caja suiza de compensación CSC) o contratando un seguro privado.
Esta información no se aplica a las personas domiciliadas en un país de la UE/AELC, que regresen a Suiza. Estas personas han estado cubiertas por la seguridad social de su país de residencia durante su estancia en la UE/AELC, por lo que no pueden pagar contribuciones retroactivas.
El servicio jurídico de la OSE proporciona información legal general sobre el derecho suizo, sobre todo en las áreas que atañen a los suizos en el extranjero. No proporciona información sobre derecho extranjero, ni interviene en litigios entre partes particulares.
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