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Pregunta: Soy ciudadana suiza residente en el extranjero y me jubilé anticipadamente. El 1.o de enero de 2023 entró en vigor el nuevo derecho sucesorio en Suiza. ¿Cuáles son los cambios más relevantes que conlleva esta nueva ley? ¿Puedo tramitar mi sucesión de acuerdo con la legislación suiza, favoreciendo al máximo a mi hija mayor, por ejemplo?
Respuesta: Para los suizos residentes en el extranjero, el derecho sucesorio es un asunto complejo; la respuesta a su pregunta dependerá del país en el que resida, por lo que le recomendamos que solicite asesoría personal a expertos en derecho sucesorio internacional.
En Suiza, la Ley Federal de Derecho Internacional Privado (LDIP) establece qué legislación nacional se aplica en cuestiones internacionales de derecho sucesorio. Para los ciudadanos suizos cuyo último lugar de residencia fue el extranjero, rige la legislación del país de residencia. Como ciudadana suiza en el extranjero, puede someter su patrimonio a la legislación suiza mediante una disposición o un contrato sucesorio, incluso en caso de que su país de residencia no lo prevea así como norma general. Como quiera que sea, es conveniente que averigüe con las autoridades de su país de residencia si reconocen tal disposición. Además, los bienes inmuebles quedan excluidos de esta posibilidad si los Estados establecen que los terrenos situados dentro de sus límites territoriales son de su exclusiva competencia.
La LDPI no se ve afectada por la revisión actual y se mantiene intacta. Si opta por someter su patrimonio al derecho sucesorio suizo, las siguientes modificaciones también serán aplicables a su caso.
En principio, según el derecho suizo, usted misma puede decidir sobre su patrimonio a través de un testamento. Sin embargo, usted está sujeta a ciertas restricciones debido a las llamadas “legítimas”: algunos familiares tienen derecho a recibir una parte mínima, estipulada por ley. Sin embargo, con el afán de respetar las nuevas constelaciones familiares, la revisión del derecho sucesorio permite ahora a los testadores disponer de sus bienes con mayor libertad. Por tal motivo se han reducido las legítimas: la porción obligatoria para los padres se eliminará por completo a partir de 2023. La porción obligatoria para los hijos se reducirá de tres cuartas partes a la mitad, con lo que se corresponderá con la legítima para cónyuges y parejas de hecho registradas, que no ha sido modificada.
Por tanto, la parte de su patrimonio que pueda dejar a su hija mayor depende también de sus demás relaciones familiares. Si está usted casada o tiene pareja de hecho, deberá respetar la legítima correspondiente. Además, todos sus hijos tienen derecho a recibir su parte proporcional correspondiente. Sin embargo, la revisión le permitirá disponer libremente de la mitad de su patrimonio y, si así lo desea, legar toda esta parte a su hija mayor, además de la legítima que le corresponda legalmente.
Servicio Jurídico de la OSE, info@swisscommunity.org
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